Ley 18.290 accidente de tránsito.
Es aquella que se inicia por regla general ante Carabineros de Chile a consecuencia de un accidente de tránsito. Esta denuncia se remite al Juzgado de Policía Local, que corresponde al lugar donde ocurrió el accidente, citando a los involucrados, para que declaren sobre los hechos ocurridos por el accidente de tránsito.
Es aquella acción impuesta contra él o los responsables de un accidente de tránsito, la que debe ser patrocinada por un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión; la víctima de un accidente de tránsito podrá demandar una indemnización por los perjuicios derivados del accidente de tránsito.
La demanda civil de indemnización de perjuicios, puede dirigirse directamente contra el conductor responsable de un accidente de tránsito o el propietario del vehículo responsable.
7. ¿Cuál es el objetivo de la demanda de indemnización de perjuicios?
En términos simples la demanda tiene como objetivo reparar los daños efectivamente sufridos a consecuencia de un accidente de tránsito.
En los casos de accidente de tránsito, la querella infraccional y demanda civil de indemnización de perjuicios, debe ser notificada con tres días de anticipación al comparendo de contestación y prueba.
9. ¿Qué ocurre si no se efectúa la notificación dentro del plazo estipulado?
Si no es posible notificar dentro del plazo anteriormente señalado, se podrá solicitar al Juez de Policía Local, la suspensión del comparendo y un nuevo día y hora de comparendo para lograr la correcta notificación de la demanda de indemnización de perjuicios.
10. ¿Cuál es el plazo para notificar la demanda de indemnización de perjuicios?
El plazo para notificar la demanda de indemnización de perjuicios es de cuatro meses desde su ingreso al Juzgado de Policía Local, considerando el plazo señalado en la pregunta anterior; no obstante podrá presentarse demanda de indemnización de perjuicios por el accidente de tránsito ante el juez civil competente.
11. ¿Qué se entiende por comparendo de conciliación contestación y prueba?
Es la etapa procesal donde las partes presentan sus medios de prueba y el demandado efectúa sus descargos relacionados con el accidente de tránsito.
12. ¿Qué pruebas se pueden presentar en el comparendo?
Se podrán presentar todas las pruebas tendientes a acreditar los hechos relacionados con el accidente de tránsito, los más recurrentes son: Fotografías de los daños del vehículo, declaración de testigos que hayan presenciado los hechos, presupuestos mecánicos, informes médicos de las lesiones, peritajes, entre otros.
13. ¿Qué son los presupuestos Mecánicos?
Es un documento emitido por una empresa de servicio técnico, detallando los costos de reparación de un vehículo que ha sufrido daños por un accidente de tránsito.
14. ¿Hasta cuantos testigos puedo presentar en el comparendo de conciliación, contestación y prueba?
Solamente puedo presentar hasta cuatro testigos, indicando el nombre, profesión u oficio y domicilio del o los testigos, la lista de testigos debe ser presentada hasta las 12:00 del día hábil anterior al comparendo.
15. Una vez realizado el comparendo de conciliación, contestación y prueba ¿Qué actuaciones prosiguen en el procedimiento seguido ante el Juzgado de Policía Local, a consecuencia de un accidente de tránsito?
Si no hay diligencias pendientes tales como peritajes, informes u otra clase de actuaciones, el juez dictará sentencia determinando a los responsables del accidente de tránsito.
16. ¿Qué ocurre si la sentencia no cumple con mis expectativas en el juicio?
En ese caso debe interponerse un recurso de apelación por un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión para que sea conocida por la I. Corte de Apelaciones.
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