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Abuso Sexual | Abogados Misderechos.cl
Lunes, Febrero 06, 2012
   
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Abuso Sexual

Penal

1. ¿ En qué consiste el delito de abuso sexual?
Consiste en la realización de cualquier acto de significación sexual y de relevancia realizado mediante contacto corporal con la víctima, o que haya afectado los genitales, el ano o la boca de la víctima, aun cuando no hubiere contacto corporal.

2. ¿Cómo se sanciona el delito de abuso sexual?
La penalidad establecida por el delito de abuso sexual va de 3 años y 1 día a 5 años.

3. ¿Cómo se sanciona el delito de abuso sexual cuando se comete contra un menor de catorce años?
La penalidad establecida por el delito de abuso sexual a una persona menor de catorce años va de 3 años y 1 día a 10 años.

4. ¿Quién investiga los delitos cometidos por abuso sexual?
El ministerio público, a través del fiscal, quién dirigirá a las policías en la investigación de cada delito.  

5. ¿Cómo se prueba un delito de abuso sexual?
Por medio de testigos, testimonios de las víctimas, informes periciales, como informes médicos y psicológicos, y cualquier medio idóneo que compruebe la veracidad de la prueba. Los tribunales apreciarán la prueba con libertad, pero estas no podrán contradecir los principios de la lógica, los conocimientos científicamente afianzados y las máximas de la experiencia.

6. ¿Qué es un informe pericial?
Son informes elaborados en base a la evaluación de un experto o perito en alguna materia, solicitado por el fiscal dentro de un proceso, donde las partes, objetos, lugares u otros elementos de la causa son sometidos a peritajes o análisis, para determinar la inocencia o culpabilidad del imputado.

7. ¿Qué antecedentes debe contener un informe pericial?
Los informes periciales, deben entregarse por escrito y contener:

a) La descripción de la persona o cosa que fuere objeto de él, del estado y modo en que se hallare.

b) La información de todas las operaciones practicadas y su resultado.

c) Las conclusiones que, en vista de tales datos, formulen los peritos conforme a los principios de su ciencia o reglas de su arte u oficio.

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