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Sus Derechos | Abogados Misderechos.cl
Lunes, Febrero 06, 2012
   
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Sus Derechos

 

¿Tiene problemas con un arrendatario moroso?
¿Sabia que ahora puede recuperar su propiedad arrendada con mayor prontitud?

 La preocupación más importante que tienen los arrendadores es recuperar sus viviendas lo más pronto posible, existe un nuevo procedimiento que acorta los plazos de gracia para la restitución de los inmuebles en caso de no pago del arriendo, simplifica el trámite judicial y acota las prerrogativas del juez que en la ley antigua, favorecían al inquilino que debe abandonar la propiedad. Con las modificaciones deberían bajar también las probabilidades de fuga del arrendatario moroso, ya que entrega a Carabineros la facultad de retenerlo dos días o hacer que el vehículo en que se llevaba sus pertenencias vuelva y sea descargado. ¿A quien se le aplica esta nueva ley? Los cambios introducidos no tienen efecto retroactivo, es decir, que no pueden acogerse a la nueva normativa los contratos vigentes hasta hoy. Esto significa que las demandas de arrendamiento notificadas bajo el imperio de la ley antigua, deben continuar su tramitación conforme a ésta. Sí pueden acogerse los contratos posteriores y las demandas en curso que no hayan sido notificadas al momento de entrar en vigor. Las demandas de arrendamiento notificadas bajo el imperio de la nueva ley y respecto de un contrato celebrado bajo el imperio de la ley antigua se regirán en todo lo relativo al procedimiento (forma) por la ley nueva. Sin embargo, en todo lo relacionado con los derechos y obligaciones emanados del contrato de arrendamiento, deberán regirse por la ley antigua, pues en todo contrato se entienden incorporadas las leyes vigentes al tiempo de su celebración.

¿Qué documentos debo tener para hacer valer mis derechos a través de este proceso judicial?

-Contrato vigente de arriendo, no siendo necesario, si se trata de un contrato consensual que no se hubiese escriturado.

-Recibos de pago si es que hubiera.

-Copia de la cédula de identidad de el solicitante por ambas caras.

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